Todos los actos, procedimientos y decisiones del Órgano Electoral Plurinacional (OEP) son públicos y transparentes, bajo sanción de nulidad. Cualquier persona tiene derecho al acceso irrestricto a la información de actividades vinculadas al ejercicio de la Democracia Intercultural, salvo caso de reserva expresamente fundada en ley que defina con precisión sus alcances y límites.

Principio de Publicidad y Transparencia: Art. 4 de la Ley N. 018 y Art. 2 de la Ley N. 026

 

Obligaciones del Tribunal Supremo Electoral (Art. 23, Ley N. 018)

1. Presentar en acto público oficial y en la primera semana de enero de cada año el informe de labores y rendición de cuentas de la gestión anterior, así como el plan de trabajo anual para la nueva gestión.

2. Publicar en el portal electrónico del OEP en Internet resultados y datos desagregados de procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato de alcance nacional, y de procesos electorales de organizaciones de la sociedad civil y entidades públicas o privadas, administrados por el OEP.

3. Publicar en el portal electrónico del OEP en Internet reportes e informes de la Unidad Técnica de Fiscalización.

4. Proporcionar material informativo electoral, estadístico y general a las organizaciones políticas, de la sociedad civil, naciones y pueblos indígena originario campesinos y a las misiones de acompañamiento electoral, cuando lo soliciten.

Unidad de Transparencia y Control Social

El OEP promueve políticas de difusión de información, transparencia, ética, lucha contra la corrupción y buen servicio, y garantiza la participación, el control social, el acceso a la información y la rendición pública de cuentas. En coordinación con el SIFDE y la Unidad de Comunicación Institucional, fomenta la transparencia en la gestión pública a través de los siguientes componentes:

1. Acceso a la información: El ciudadano tiene derecho a solicitar de forma verbal o escrita información completa, oportuna y accesible, respetando las excepciones reguladas y definidas por ley. El acceso a la información preserva el estado de derecho, contribuye a resolver conflictos, e incentiva al diálogo democrático en una sociedad pluricultural y multiétnica, favoreciendo el surgimiento y consolidación de múltiples ciudadanías activas y críticas, responsables y protagonistas de su propio desarrollo humano.

2. Rendición pública de cuentas: El OEP pone a consideración de la ciudadanía los resultados de gestión y el cumplimiento de compromisos asumidos con la sociedad civil en general, e insta a las autoridades del TSE a cumplir su obligación de rendir cuentas, de acuerdo a normativa interna y externa.

3. Ética pública. El OEP propone, impulsa y ejecuta programas de concientización, cultura organizacional y capacitación de servidores públicos con el fin de promover una cultura ética basada en principios, valores y conductas que permitan el desarrollo de la gestión pública de la manera más plena y armoniosa posible.

4. Control social. El OEP dispone de mecanismos y medios de seguimiento y participación activa de toda persona individual y colectiva en los procesos, acciones y resultados institucionales. Además, propone e implementa instrumentos para la prevención, investigación y sanción de actos de corrupción, y ejecuta inspecciones in situ en cualquier área del Órgano como actividad previa de control interno.

Unidad Técnica de Fiscalización (UTF)

La Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) fue creada para la regulación, fiscalización del patrimonio, origen y manejo de recursos económicos de organizaciones políticas. y del financiamiento de propaganda electoral en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato, en coordinación con la Contraloría General del Estado. La información generada por la UTF es pública y será difundida periódicamente por el TSE. (Art 85).